Tanto si vas a vender tu propiedad como si trabajas como corredor, conviene tener claro cómo se
estructura la relación comercial. Un acuerdo mal definido es la principal fuente de conflictos en el
sector inmobiliario ecuatoriano.
Qué es un contrato de corretaje
Es el acuerdo por el cual un propietario encarga a un corredor o inmobiliaria la gestión de venta o
arriendo de un inmueble, a cambio de una comisión que se paga cuando la operación se concreta.
El corretaje es una obligación de resultado: si no hay cierre, no hay comisión.
Qué debe contener un contrato de corretaje bien hecho
- Identificación completa del propietario, del corredor y del inmueble (con datos de escritura).
- Precio de venta o canon de arriendo autorizado por el propietario.
- Porcentaje o monto de la comisión, y si incluye o no IVA.
- Quién paga la comisión y en qué momento se hace exigible.
- Vigencia del encargo, con fecha de inicio y de fin.
- Exclusividad o no, y qué pasa si el propietario vende por su cuenta.
- Alcance de la gestión: publicación, visitas, negociación, acompañamiento en trámites.
- Causales de terminación anticipada.
- Autorización expresa para publicar fotos y datos del inmueble.
Todo por escrito y firmado por ambas partes. Un acuerdo verbal es válido pero imposible de probar cuando hay discrepancia.
Exclusividad: ventajas y riesgos
Con exclusividad
El propietario encarga la gestión a un solo corredor durante un plazo determinado. A favor: el corredor
invierte más en difusión y fotografía porque tiene certeza de cobrar. En contra: si eliges mal, pierdes
meses. Si firmas exclusividad, exige plazo acotado y compromisos concretos de difusión.
Sin exclusividad
Varios corredores gestionan la misma propiedad y cobra quien cierre. A favor: más canales. En contra:
la propiedad aparece publicada varias veces, a veces con precios distintos, lo que transmite desorden
y debilita tu posición negociadora.
Una cláusula que genera conflictos: la que obliga a pagar comisión aunque el propietario venda por
su cuenta a un comprador que no llegó por el corredor. Léela con atención antes de firmar.
¿Quién paga la comisión?
En la práctica ecuatoriana, en operaciones de venta lo habitual es que la pague el propietario vendedor.
En arriendo las modalidades varían más según el acuerdo. No existe una tarifa única obligatoria:
el porcentaje se pacta libremente entre las partes y debe constar por escrito.
Conviene dejar establecido si el porcentaje se calcula sobre el precio de lista o sobre el precio
finalmente pactado, ya que casi siempre hay negociación de por medio.
Cuándo se hace exigible la comisión
Este es el punto que más conflictos genera. Define con precisión el hito que activa el pago: la firma
de la promesa de compraventa, la firma de la escritura o el desembolso del crédito. Escríbelo de forma
inequívoca en el contrato.
Recomendaciones para el propietario
- Verifica la trayectoria del corredor y pide referencias de operaciones cerradas.
- No firmes exclusividad indefinida.
- Exige que la comisión y el momento de pago estén por escrito.
- Aclara qué gastos están incluidos y cuáles corren por tu cuenta.
- Guarda copia firmada del contrato.
Recomendaciones para el corredor
- No publiques sin autorización escrita del propietario.
- Registra por escrito los interesados que presentas, con fecha.
- Define el hito de pago sin ambigüedad.
- Mantén la cartera actualizada y retira lo que ya se vendió.
- Usa fotos propias del inmueble.
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Para casos concretos, consulta con un
abogado especializado en materia inmobiliaria.
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